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Medio Ambiente requisa en Los Escullos 20 kilos de pescado a un furtivo

Dos agentes de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía requisaron ayer por la tarde, en los fondos marinos cercanos a Los Escullos -en el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar- 9 meros, 1 dorada, 2 lechas, 1 sargo, 1 melva y 2 pintos (lábridos), especies marinas capturadas por un pescador furtivo en el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar. Los agentes han decomisado también fusil y cuchillo de pesca submarina, aletas, tubo y gafas, traje de neopreno, linterna subacuática y otros materiales para la pesca. El pescado decomisado (unos 20 kilos de peso) ha sido entregado a un centro social de Almería capital.

Los agentes de la Junta sorprendieron al furtivo ‘in fraganti’, tras un largo tiempo de vigilancia en la zona. En la operación de seguimiento que duró más de hora y media, los agentes sorprendieron al pescador submarino en el momento que introducía la pesca y otros utensilios en su automóvil, en Los Escullos (Níjar). Cuando le solicitaron que se identificara, el hombre se negó y se dio a la fuga.

Con el fin de intentar detenerlo, los agentes solicitaron la colaboración con la Guardia Civil, y gracia a su participación se consiguió dar el alto al vehículo en las proximidades de Ruescas, donde se llevó a cabo el registro del vehcíulo, en cuyo interior se encontraron las especies capturadas y los utensilios de pesca. El delegado territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, José Manuel Ortiz, agradece la colaboración de la Guardia Civil, “ya que sin su participación no hubiera sido posible la detención del pesador furtivo”.

Esta es la tercera operación de decomiso que han realizado los Agentes de Medio Ambiente en el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar en poco más de un mes. El 23 de septiembre y el 18 de octubre, en otras operaciones de vigilancia, los agentes requisaron unos 40 kilos de especies marinas capturadas por pescadores furtivos, también en el paraje Los Escullos.

El delegado territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, José Manuel Ortiz, valora la “labor de vigilancia del Espacio Natural que realiza el servicio de Agentes de Medio Ambiente para preservar los ricos y numerosos valores naturales con que contamos todos los almerienses”. Y es que, según insiste el delegado de la Junta, “la pesca ilegal no sólo supone un menoscabo de nuestros valores ambientales, sino que también va en detrimento de quienes dentro de la legalidad ejercen actividades económicas que permiten el desarrollo sostenible el un Parque Natural cada vez más valorado dentro y fuera de nuestra provincia. Por este motivo, la sensibilización de la población es cada vez mayor y, como en este caso, es de agradecer la colaboración ciudadana que resulta de especial importancia en la defensa de nuestros valores naturales”.

Limitaciones de pesca

En las aguas interiores del Parque Natural solo podrán realizarse actividades pesqueras de carácter artesanal (redes de enmalle, trampas o nasas y aparejos de anzuelo) y pesca de recreo, de acuerdo con la normativa particular de este plan y del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque. Asimismo se podrá emplear el arte denominado moruna, con las limitaciones que establece la normativa

En la franja marina del Parque Natural, sin embargo, está prohibida la pesca submarina en aguas interiores, la pesca con artes de arrastre, de cerco y con artes de enmalle fijos o de deriva que no se ajusten a lo establecido en la normativa pesquera vigente.

La normativa del Parque contempla asimismo las reservas marinas (A2), que de acuerdo con los objetivos y propuesta de ordenación, y en los términos establecidos en la normativa general, se consideran compatibles los siguientes usos y actividades: las actuaciones de conservación y regeneración de los ecosistemas, las actividades científicas, el tránsito a velocidad de navegación inferior a 10 nudos -excepto para las embarcaciones de los servicios de vigilancia, gestión o salvamento, que podrán exceder éste límite cuando el desempeño de sus funciones así lo requiera-; la realización de filmaciones o reportajes gráficos que tengan como finalidad la divulgación del interés ambiental y científico del Parque Natural, que estará sometida a autorización al igual que aquellos otros que realizados desde embarcaciones no resulten lesivos ambientalmente.

De acuerdo con los objetivos y propuesta de ordenación se consideran incompatibles los siguientes usos y actividades: la pesca deportiva desde embarcación o tierra, la pesca comercial (industrial y artesanal) y el marisqueo en aguas interiores; el aprovechamiento de las praderas de fanerógamos marinas y formaciones de algales; la recolección de cualquier tipo de organismo, excepto los destinados a fines Científicos; las prácticas y adecuaciones náutico-deportivas; la instalación de arrecifes artificiales en aguas interiores; el trazado o instalación de nuevas infraestructuras; el dragado de fondos; el fondeo de cualquier tipo de embarcación, excepto las de los servicios de vigilancia, gestión o salvamento que podrán hacerlo cuando el desempeño de sus funciones así lo requiera, así como en casos excepcionales tales como averías que impidan el control de la embarcación y pongan en peligro a los tripulantes o a la propia embarcación; cualquier actuación que pueda causar una modificación sustancial de los ecosistemas tanto en el espacio intermareal como en el marino; y los rodajes cinematográficos, ‘spots’ publicitarios y reportajes gráficos no contemplados como actividades compatibles.

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