La Xunta ha conseguido que la Audiencia Nacional deje fuera del estudio estratégico ambiental del litoral español para la instalación de parques eólicos marinos a las aguas interiores gallegas. Los magistrados, en una sentencia que es recurrible ante el Supremo, consideran que se trata de áreas «en las que sí concurre un interés de la recurrente dadas sus competencias», por lo que el Estado habría incurrido en una «extralimitación normativa».
En este sentido, la Audiencia fija que, a efectos de esta ley, las aguas interiores son aquellas «situadas en el interior de las líneas de base del mar territorial». De este modo, se «incluyen las de los puertos y cualesquiera otras comunicadas permanentemente con el mar hasta donde se haga sensible el efecto de las mareas, así como los tramos navegables de los ríos hasta donde existan puertos de interés general».
Se descarta, pese a que la Xunta defendió lo contrario al acudir los tribunales, a lo que exceda de las doce millas náuticas, incluyendo la zona contigua y la zona económica exclusiva, donde las administraciones autonómicas carecen de competencias.
Lo que sí permitirá
La resolución de la Audiencia supuso una de cal y otra de arena para los intereses del ente autonómico. Así, la Consellería do Mar, además de las aguas interiores, argumentó que «deben quedar como zonas de exclusión» una serie de puntos del litoral: las rías; la franja barimétrica entre la línea de costa y los cincuenta metros de profundidad y la existente entre esta y los cien metros de profundidad; los caladeros tradicionales; la reservas marinas de interés pesquero -Os Miñarzos y Cedeira-, así como las que dispongan de proyectos de declaración avanzados; los fondos de Maërl; y «los espacios marítimos que configuran la Red Natura 2000».
Asimismo, y atendiendo al patrimonio cultural, la Xunta defendió que idéntica protección debería dispensarse específicamente a las zonas de Fisterra-Corcubión, el área comprendida entre la Ría de Vigo (Baiona) y el río Miño, el entorno de Foz, la costa de Muxía con la ensenada de Laxe y las rías de Viveiro-Barqueiro y A Coruña-Betanzos.
Sin embargo, la Audiencia Nacional, finalmente, solo atendió a las aguas interiores. Esto implicaría que, en el resto de áreas reseñadas, cabría la posibilidad de que se plantease la instalación de un parque eólico marino. A este respecto, la Audiencia Nacional recuerda que el polémico plan establece «las zonas del dominio público-terrestre que, a los solos efectos ambientales, reúnen, en principio, las condiciones favorables» para su ubicación.
No obstante, incide que, en el caso de que surja algún proyecto en estas áreas, la Xunta «podrá intervenir y dar su parecer técnico y razonado al respecto en la fase de impacto ambiental».