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Aprobada la ley que regula el mecenazgo deportivo

El pleno del Parlament balear ha aprobado hoy con el apoyo del PPel proyecto de ley del Govern que regula el mecenazgo deportivo y que establece medidas tributarias.

El objetivo de esta ley, defendida por el conseller de Turismo y Deportes, Jaime Martínez, es contribuir al fomento y al desarrollodel deporte y las entidades deportivas de las Islas Baleares.

En el archipiélago balear se celebran cada año unos 65 eventos deportivos relevantes, lo que puede ayudar a la prolongación de la temporada turística.

El texto regula los ámbitos que abarca el propio mecenazgo deportivo: proyectos o actividades deportivas incluidas dentro del ámbito federativo; proyectos o actividades declaradas de interés social por la Conselleria de Turismo y Deportes; y la investigación, documentación, conservación, restauración, recuperación, difusión y promoción del patrimonio deportivo de las Islas.

También se prevén medidas fiscales aplicables al mecenazgo deportivo, la creación de empresas deportivas y la adquisición de empresas o bienes muebles de ámbito deportivo.

El mecenazgo se puede llevar a cabo a través de donaciones, préstamos de uso o comodato y convenios de colaboración.

Los beneficiarios de este tipo de mecenazgo pueden ser tanto las entidades sin ánimo de lucro, domiciliadas fiscalmente en Baleares, como la administración de la Comunidad Autónoma y los organismos autónomos y fundaciones y consorcios públicos dependientes, los consells insulars y la entidades locales de Baleares, así como los organismo autónomos y fundaciones y consorcios públicos dependientes, y la Universitat de les Illes Balears.

También pueden ser beneficiarias las personas físicas con domicilio fiscal en Baleares que de forma habitual realizan actividades deportivas.

Además, se concretan los incentivos fiscales y en qué casos y actuaciones se podrán aplicar, además de determinar los requisitos necesarios para tener derecho a las deducciones y los procedimientos a seguir.

De esta forma, el texto establece una deducción de la cuota autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) de un 15% sobre el valor de las donaciones, cesiones de uso, contratos de comodato o cantidades satisfechas por convenios de colaboración, con un límite de deducción aplicable de 600 euros por ejercicio.

Respecto al impuesto sobre transmisiones patrimoniales, se establece un tipo del 1% aplicable a aquellas cuyos bienes inmuebles sean imprescindibles para la práctica del deporte cuando éstos sean incorporados a una empresa, actividad o proyecto de carácter deportivo.

La persona que adquiere el bien deberá mantener en su patrimonio dicha actividad o proyecto deportivo durante por lo menos cinco años desde su adquisición.

Finalmente, en lo referente al impuesto sobre donaciones y sucesiones, el nuevo texto concreta que se eleva la reducción en la transmisión de una empresa, que aumenta del actual 95% fijado para todo tipo de empresa al 99% cuando se trate de bienes y derechos afectos a una empresa deportiva.

También prevé que la reducción por la adquisición de participaciones sociales en entidades deportivas ascienda al 99%.

Se regula además una reducción del 70% en la base imponible del impuesto del valor de los bienes de la herencia que se destinen a la creación de una empresa deportiva con un límite de base de 400.000 euros.

Finalmente, en las donaciones dinerarias de padres a hijos o a otros descendientes o entre colaterales hasta el tercer grado que se destinen a la creación de una empresa deportiva se aplicará una reducción del 70%, con un límite de base de 300.000 euros.

fuente elmundo

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